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DOCUMENTO 9868. DECRETO DEL LIBERTADOR EMITIDO EN JAUJA EL 28 DE OCTUBRE DE 1824 POR EL CUAL DISPONE EL RESTABLECIMIENTO DEL EJERCICIO DE LOS TRES MINISTERIOS QUE, BAJO LA DENOMINACIÓN DE MINISTERIO GENERAL DE LOS NEGOCIOS DEL PERÚ, HABÍAN SIDO REUNIDOS EN UNO.*

SIMÓN BOLÍVAR,

Libertador Presidente de la República de Colombia y Encargado del Poder Dictatorial de la del Perú, &, &.

Habiendo cesado, a consecuencia de los sucesos favorables de la guerra, las razones que obligaron a reunir en uno solo los tres ministerios de Estado bajo la denominación de Ministerio General de los Negocios del Perú, confor­me al decreto de 26 de marzo de este año, y debiéndose por tanto ejercer la su­prema autoridad de la República según el artículo 85 de la Constitución, he venido en decretar, y decreto lo siguiente:

1° Se restablecen en su ejercicio los tres ministerios de Estado que pre­viene el artículo 82 de la Constitución, quedando por consiguiente derogado el decreto de 26 de marzo.

2° Queda nombrado Ministro de Estado en el Departamento de Gobierno y Relaciones Exteriores, el doctor don José Sánchez Camón; encargado interin­amente del de Guerra y Marina el coronel don Tomás de Heres, y nombrado en el Departamento de Hacienda el doctor don Hipólito Unanue.

3° Estos ministros son el órgano del Gobierno en los departamentos de su dependencia, conforme al artículo 85 de la Constitución. Imprímase, publíquese y circúlese.

Dado en la ciudad de Jauja, a 28 de octubre de 1824. 3° de la República.

SIMÓN BOLÍVAR

Por orden de Su Excelencia,

JOSÉ SÁNCHEZ CARRIÓN

* De un impreso moderno: Gaceta del Gobierno [del Perú], Tomo 7, N° 1, sábado 1° de enero de 1825, p. 2.

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