SIMÓN BOLÍVAR,
Libertador Presidente de la República de Colombia y Encargado del Poder Dictatorial de la del Perú, &, &.
Habiendo cesado, a consecuencia de los sucesos favorables de la guerra, las razones que obligaron a reunir en uno solo los tres ministerios de Estado bajo la denominación de Ministerio General de los Negocios del Perú, conforme al decreto de 26 de marzo de este año, y debiéndose por tanto ejercer la suprema autoridad de la República según el artículo 85 de la Constitución, he venido en decretar, y decreto lo siguiente:
1° Se restablecen en su ejercicio los tres ministerios de Estado que previene el artículo 82 de la Constitución, quedando por consiguiente derogado el decreto de 26 de marzo.
2° Queda nombrado Ministro de Estado en el Departamento de Gobierno y Relaciones Exteriores, el doctor don José Sánchez Camón; encargado interinamente del de Guerra y Marina el coronel don Tomás de Heres, y nombrado en el Departamento de Hacienda el doctor don Hipólito Unanue.
3° Estos ministros son el órgano del Gobierno en los departamentos de su dependencia, conforme al artículo 85 de la Constitución. Imprímase, publíquese y circúlese.
Dado en la ciudad de Jauja, a 28 de octubre de 1824. 3° de la República.
SIMÓN BOLÍVAR
Por orden de Su Excelencia,
JOSÉ SÁNCHEZ CARRIÓN
* De un impreso moderno: Gaceta del Gobierno [del Perú], Tomo 7, N° 1, sábado 1° de enero de 1825, p. 2.