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DOCUMENTO 9773. ORDEN DEL LIBERTADOR EMITIDA EN HUAMANGA EL 9 DE SEPTIEMBRE DE 1824, PUBLICADA EN LA ORDEN GENERAL DE LA FECHA, CON INSTRUCCIONES PARA QUE LAS DIVISIONES ENVÍEN SUS PRESUPUESTOS DEL MES AL E.M.G.; QUE LOS ARMEROS PASEN A LA MAESTRANZA; SOBRE EL ALISTAMIENTO DE LOS BATALLONES DE LA PRIMERA DIVISIÓN QUE MARCHARÁN AL AMANECER, Y SOBRE EL FUSILAMIENTO DE DOS INDIVIDUOS COMO CASTIGO EJEMPLAR.*

Orden general del 9 de septiembre de 1824, en Huamanga.

Servicio.

Para hoy: 2a división.

Para mañana:

1a división.

Las guardias se relevarán diariamente a las diez de la mañana.

Disposición de S.E.:

1a. Todas las divisiones del ejército pasarán a este E.M.G. los presupues­tos de este mes, por la cuarta parte del haber de los señores jefes y oficiales, y por dos semanas de socorro para la tropa. Se acompañarán a dichos presupues­tos los extractos de revista que corresponden.

2a. Todos los armeros de los cuerpos pasarán a la maestranza establecida en esta ciudad, en cuyos talleres serán destinados por ahora.

3a. Los batallones que componen la 1a división (menos el batallón Caracas) se pondrán en actitud de marchar el día 11 a las cinco de la mañana. El jefe del E.M. de la 1a división vendrá esta tarde a tomar órdenes de este E.M.G.L.

Aviso: Habiéndose cometido por algunos individuos del 3° Escuadrón de Granaderos de Colombia tres asesinatos, después de haber usado brutal­mente de la mujer de uno de los mismos que habían muerto, S.E. el Libertador, deseando por un castigo ejemplar conservar la moral y disciplina en las tropas y el respeto debido a las leyes, bajo cuya protección se hallan los pueblos del Perú independiente, se sirvió mandar hacer una averiguación del hecho a pre­sencia de la compañía de Granaderos a que pertenecían los acusados. Y habiendo resultado convictos y confesos, el cabo 2° Anastasio del Carmen y el soldado José Velásquez, fueron fusilados en el acto y sus cabezas y manos fue­ron cortadas y remitidas al pueblo de Colcabamba para que se hiciesen poner en parajes públicos, para satisfacción de los habitantes de aquel pueblo, para escarmiento de los demás y para que los criminales lloren siempre sobre su memoria la ignominia a que se han hecho acreedores.

SOLER.

* De una publicación en facsímile de: República de Colombia estado mayor general Liber­tador. Registro de Ordenes Generales desde el 20 de marzo de 1823. Reproducido en: Regis­tro de Órdenes Generales del Ejército Unido Libertador en la Campaña de Ayacucho, s/p.

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