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DOCUMENTO 9832. OFICIO DE TOMÁS DE HERES PARA EL GENERAL JUAN PAZ DEL CASTILLO, FECHADO EN HUAMANGA EL 15 DE OCTUBRE DE 1824, POR EL CUAL LE TRANSMITE LA ORDEN DEL LIBERADOR PARA QUE SEAN JUZGADOS EN CONSEJO DE GUERRA LOS RESPONSABLES DE LA SUBLEVACIÓN EN LA CORBETA GENERAL SANTANDER, ACAECIDA EL 6 DE AGOSTO EN EL PUERTO DE PANAMÁ. TAMBIÉN LE COMUNICA LAS ÓRDENES DEL LIBERTADOR RELATIVAS AL EMPLEO DE CIERTOS BUQUES DE LA ARMADA.*

Huamanga, 15 de octubre de 1824.

Al señor General Juan Paz del Castillo.

Por el oficio de V.S. de 30 de agosto de que he dado cuenta a S.E. el Libertador, queda impuesto S.E. de la sublevación de la corbeta Santander [1] y de lo que V.S. dice con este motivo.

Antes de comunicar a V.S. las órdenes que S.E. se ha servido dictar en consecuencia de este suceso, manifiesto a V.S. que S.E. dispone que sean juz­gados en consejo de guerra, y con arreglo a ordenanza el capitán de navío Spry y el comandante de la tropa que tenía de guarnición la corbeta sublevada.

Aunque S.E. está persuadido que por la llegada del navío español Asia y el bergantín Aquiles al Callao, que V.S. sabrá, tomará V.S. alguna providencia para mandar a Panamá algún buque armado además de la Limeña, por la imposibilidad en que nos constituyen las circunstancias de mandar por ahora ninguno de los bu­ques que están bloqueando el Callao y observando las fuerzas marítimas de los enemigos, con todo S.E. previene a V.S. que bien sea armando el Monteagudo, la Bomboná o algún otro buque que a V.S. le parezca, ponga V.S. uno en estado de dar convoy a los trasportes, supuesto que V.S. encuentra dificultades insuperables para atender a este servicio con sólo la Limeña. Comprometida la posesión del Pacífico con la presencia del Asia, no es posible separar del Callao los buques nuestros que lo observan. Sin embargo, esperándose fuerzas navales de Chile, cuando éstas se reúnan a las que tenemos en el Callao, podrá enviarse a V.S. la Guayaquileña para que convoye los trasportes. Tal vez hallándose como se hallan reunidas en el Ca­llao todas cuantas fuerzas marítimas tienen los españoles en este mar, los trasportes no correrán riesgo ninguno de Panamá a las costas del norte de Lima. En fin, sea de todo lo que fuere, S.E. cree indispensable que al momento vaya a Panamá la corbeta Limeña a escoltar los trasportes que fueron, con ella y los que ya hay en Panamá, y que sin perder tiempo remita V.S. al puerto de Ancón las tropas que condujeren. Mientras va la Limeña con los demás buques a traer de Panamá las tropas y lo demás que debe venir, hay tiempo para armar y poner listo el buque de que he hablado a V.S. Este buque así armado, dispone S.E. que sea muy bien tripu­lado, y muy bien guarnecido con tropa de confianza mandada por buenos oficiales.

En el mismo viaje que la Limeña conduzca las primeras tropas de Panamá, ordena S.E. que le remita V.S. las primeras tropas y cuantos reclutas haya en ese departamento, o en los otros del Sur; porque las actuales circunstancias hacen ne­cesaria la reunión mayor posible de tropas. Concentradas del otro lado del Apurí-mac cuantas tienen los españoles en el Perú, y aumentándolas diariamente, al paso que mil causas influyen sin cesar en la disminución de las nuestras, se ve S.E. en la necesidad de aumentarlas hasta el máximum posible. V.S. convendrá con S.E. en que si en el estado presente de cosas, tuviese lugar una batalla, sería sin duda deci­siva, porque en ella obrarían todas las fuerzas de uno y otro partido, y porque los enemigos pelearían con la fuerza de la desesperación. Esto mismo quiere S.E. que lo diga V.S. por triplicado al gobierno, para que, penetrándose más y más de nues-tro estado, dicte las medidas que estime oportunas para que nos vengan las tropas ofrecidas, y cuya falta nos puede causar males de difícil y quizá de imposible repa­ración.

S.E. ordena que aunque sea en un buque mercante bien velero, le remita V.S. volando el escuadrón Lanceros de Venezuela. V.S. debe tener presente que los enemigos tienen en el día 1.800 hombres de caballería. Igualmente dispone S.E. que le remita V.S. en la primera ocasión 2.000 astas de lanza, y todos los ves­tuarios y prendas de equipo que están construidas, y que por el mal temperamento pueden picarse en Guayaquil.

Se repite a V.S. la orden para que remita inmediatamente al puerto de Supe las cañoneras que hace tiempo se mandaron aprontar para que sirviesen en el bloqueo del Callao, que vengan bien armadas y tripuladas.

Dios, etc.

[TOMÁS DE HERES]

* De un copiador de Secretaría. Archivo del Libertador, Sección O’Leary, Tomo 37, folios 187 Vto.-189 Vto. También se halla este documento en: Memorias del General O’Leary, Tomo XXII, pp. 517-518.

Notas

[1] El 6 de agosto de 1824, a bordo de la corbeta General Santander, se produjo una sublevación con pérdida de dicha nave, la cual se hallaba anclada en el puerto de Panamá. La Gaceta de Go­bierno [del Perú], N° 4, página 4, del 13 de enero de 1825 da la información de que en Guayaquil se llevó a cabo, el 24 de noviembre de 1824, el consejo de guerra ordenado por Bolívar y que el citado tribunal declaró libres de culpa al capitán de navío Juan Tomás Spry, al segundo comandan­te Guillermo Williams, al pilotín Carlos Bronw, al capitán de infantería Francisco Bárrelo y al resto de la tripulación.

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