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DOCUMENTO 1969 MEDIANTE COMUNICACIÓN DIRIGIDA AL GENERAL RAFAEL URDANETA, SUSCRITA EN SAN MIGUEL EL 7 DE SEP­TIEMBRE DE 1817 POR UN AYUDANTE GENERAL ENCARGADO DEL DESPACHO, EL LIBERTADOR DISPONE QUE LA BRIGADA DEL GENERAL PEDRO LEÓN TORRES MARCHE A TABASCA*

[La Comisión Editora no conoce el paradero del oficio suscrito por el Ayudante General, de cuya existencia, así como de su tenor general, da fe la respuesta del General Urdaneta que reproducimos a continuación: "Señor Ayudante General en­cargado del Despacho. / En este momento he recibido el ofi­cio de V. de hoy en que me previene de la determinación de S.E. en orden a la marcha del señor General Torres [1] con su brigada a Tabasca. Quedan ya tomadas todas las medidas para su transporte y subsistencia y V. puede asegurar a S.E. que nada faltará. / Los pliegos que condujo este mismo posta, in­clusos, han seguido por una curiara y su patrón prevenido de toda la precaución que debe tener. Dios, &. / Antigua Guayana, 7 de setiembre de 1817. / R. Urdaneta."]

* En Archivo del Libertador, vol. 72, folio 116, se conserva el oficio original del General Rafael Urdaneta, con firma autógrafa, y escrito enteramente de su mano. En cuanto a la identidad del "Ayudante General", caben dos posibilidades. 1° Podría tratarse de José Gabriel Pérez, quien era entonces Ayudante General y se hallaba junto al Libertador como encarga­do del Despacho (o Secretaría) de la Guerra, funciones en las cuales alternaba con Pedro Briceño Méndez; este último no era Ayudante General, y por lo tanto no puede referirse a él el oficio de Urdaneta. 2° Podría tratarse de Fernando Galindo, quien era también Ayudante General y como tal tenía entonces a su cargo los asuntos del Estado Mayor General. Al no conocerse el documento del Ayudante General que Urdaneta menciona en su respuesta, no es posible aclarar con precisión si lo sus­cribía Pérez o Galindo. Que el firmante fuese uno u otro establece una sutil, pero importante, diferencia. En el caso de Pérez, éste escribía directamente bajo el dictado del Libertador, o de acuerdo con instrucciones verbales de él recibidas: por lo tanto, los documentos firmados por Pérez, son estrictamente, escritos del Libertador y pertenecen de pleno derecho a la presente recopilación. En el caso de Galindo, no sucedía lo mismo. Es cierto que como oficial del Estado Mayor, transmitía también órdenes emanadas de Bolívar; pero dichas órdenes no le eran dictadas por el Libertador ni las recibía verbalmente de éste, sino por escrito: de modo que sus oficios no pueden considerarse estrictamente escritos del Liber­tador, y por lo tanto no se que había; haga Vmd. que venga vo­lando.incluyen —salvo excepción debidamente justificada, como en el caso del registro de nombramientos— en la presente compilación. La circunstancia de que el General Urdaneta dirija su oficio al "Ayudante General encargado del Despacho" que había; haga Vmd. que venga vo­lando.inclina a la Comisión Editora (aunque sin una seguridad absoluta) a considerar que el destinatario era José Gabriel Pérez, pues corrientemente se mencionaba al "Despacho de la Guerra" y no se solía decir el "Despacho del Estado Mayor", sino "el Estado Mayor" a secas.

Notas

[1] Pedro León Torres.

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