Cuartel General de Angostura, a 2 de octubre de 1818. 8°
SIMÓN BOLÍVAR,
Jefe Supremo de la República, Capitán General de los Ejércitos de Venezuela y de la Nueva Granada, &., &., &.
Al señor Director General de Rentas.
Los Ministros de estas cajas con fecha 17 de septiembre próximo pasado han consultado si los militares a quienes se han adjudicado algunos bienes por cuenta de su haber, conforme a a Ley de 10 de octubre de 1817, y que los han vendido, si deben pagar alcabala, y tengo a bien declarar que los militares que vendan parte o el todo de sus haberes, paguen al Tesoro Nacional el tanto por ciento que haya sido costumbre pagar en esta Provincia sobre la especie o propiedad vendida. Lo que prevengo a V.S. para que así lo haga ejecutar.
BOLÍVAR
* Del Original. Archivo del Libertador, vol. 73, folios 259-260. Escrito de letra de Manuel de Echeandía. La firma y la rúbrica de Bolívar, son autógrafas. Hay una nota que dice: "Comunicada el mismo día", escrita con letra de Juan Germán Roscio. En el copiador destinado a la correspondencia con el Director General de Rentas hay un borrador de este oficio con idéntica redacción y con letra del mismo amanuense (vol. 103, folio 125 v°).