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DOCUMENTO 296. COMUNICACIÓN DE BOLÍVAR DE FECHA 10 DE AGOSTO DE 1813 DIRIGIDA AL ARZOBISPO DE CARACAS NARCISO COLL Y PRAT CON FORMALES RECOMENDACIONES PARA LA COOPE­RACIÓN DEL CLERO AL MANTENIMIENTO DEL GOBIERNO PATRIOTA.*

Ilustrísimo señor Arzobispo de esta Arquidiócesis.

Ilustrísimo señor:

La marcha alevosa y destructora del intruso Gobierno español ha reducido un país floreciente (y que el Ser Supremo no ha con­denado a una eterna dependencia de España), a un exterminio la­mentable y desconocido que el deber y la autoridad del Jefe de Venezuela tratan de reparar por las más eficaces y enérgicas pro­videncias. Instruido por una experiencia cruel, he descubierto que las contemporizaciones y la impunidad en tiempo de la primera Junta Suprema y de los Poderes Ejecutivos, dieron audacia a los conspiradores y a los enemigos y, lo que es más asombroso, aquellas autoridades toleraron, sin sufocarlos, los incentivos que en el con­fesionario se suministraron a la guerra sorda que al fin aniquiló a nuestra Independencia.

El General en Jefe, después de haber restablecido la República, ha empleado y sostendrá en sus resoluciones aquel carácter fuerte que aterre a tan pérfidos maquinadores y mantenga en el respeto debido a todos los súbditos del Gobierno y que infunda en las de­más naciones la decorosa consideración a que es acreedor el pa­bellón de una República civilizada y triunfante.

No es ya el tiempo de burlar las disposiciones gubernativas; y todo el peso de la ley caerá sobre los infractores. En consecuencia, animando a las órdenes de V. S. I. el mismo espíritu, intime V. S. I. bajo las penas del resorte de su autoridad a todos los párrocos, pre­dicadores y confesores de la arquidiócesis expliquen semanalmente los justos principios de la emancipación americana, persuadan la obligación de abrazarla y defenderla al precio de los intereses y de la vida, precavan a los sencillos contra la seducción y los cona­tos de los perturbadores, y que, sobre todo, presten cuantos exis­ten bajo la protección del Gobierno, la correspondiente coopera­ción a sus miras.

El confesionario, que está sustraído por su sigilo a las inquisi­ciones públicas, es el que principalmente debe ocupar las reformas de V. S. I., y parece que con la mayor eficacia impediría el abusar de este sagrado ministerio, que V. S. I. dispusiese que aquel que en semejante acto tratase de extraviar la opinión pública que sostiene al presente Gobierno, por el mismo hecho se considere suspenso de sus funciones.

Dios guarde a V. S. I. muchos años.

Caracas, 10 de agosto de 1813, 3° de la Independencia y 1° de la Guerra a Muerte.

Señor Ilustrísimo,

SIMÓN BOLÍVAR.

* Archivo del Libertador, correspondencia oficial, folios 150-151. De una copia escrita enteramente de puño y letra por Arístides Rojas. Al publicar este documento el Dr. Vicente Lecuna, Simún Bolívar. Obras Completas, I, pp. 59-60, dice que ¡o reproduce del original, y añade que consta al margen lo siguiente: "10 de agosto de 1813. Muñoz Tébar. El mismo día m le contestó diciéndole quedar S.I. disponiendo otra circular a más de la que se está expidiendo desde 5 de agosto. En 13 del mismo mes, se remitió al Señor General copia de la carta circular que se va a expedir .1 consecuencia de este oficio a fin de que sea ésta de su agrado". Sobre el destinatario Arzobispo Narciso Coll y Prat, véase la nota principal del doc. N° 288. La Comisión Editora no ha podido examinar el original. En el texto tal como es conocido se observa cierta vacilación en el uso de la primera y la tercera personas.

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