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DOCUMENTO 6608. OFICIO DE JOSÉ GABRIEL PÉREZ PARA EL INTENDENTE DEL CAUCA, FECHADO EN POPAYÁN EL 3 DE FEBRERO DE 1822, POR EL CUAL LE ORDENA QUE SOMETA AL COMANDANTE VÁRELA A JUICIO POR LOS CRÍMENES QUE HA COMETIDO.*

Popayán, febrero 3 de 1822.

Al Intendente del Cauca.

S.E. el Libertador ha sido informado de que el Comandante Várela ha cometido en la Costa, y principalmente en Barbacoas, multitud de crímenes. Le han asegurado que la contra revolución de aquella provincia ha sido el resultado de las violencias, hurtos y saqueos de Várela; que dio tormento a los esclavos del Señor Fernando Ángulo, hasta obligarlos a confesar donde tenían ocultos los intereses de éste, y que luego que lo confesaron se los robó todos: que se ha robado las alhajas de aquella Iglesia y los intereses de varios particulares, y en fin, que es quien ha causado la ruina de la Provincia de Barbacoas, en términos que no se repondrá en mucho tiempo.

S.E. el Libertador previene a V.S. que inmediatamente se proceda a enjuiciar al Comandante Várela, que se hagan las más escrupulosas averiguaciones sobre su conducta y hechos de que se le acusa en Barbacoas y que se le aplique conforme a Justicia la pena que la Ley señala a los crímenes que haya cometido.Todo lo que etc.

[JOSÉ GABRIEL PÉREZ]

En adición a mi oficio de 3 del presente en que previne a V.S. de orden de S.E. que se enjuiciare al Comandante Várela, por los crímenes cometidos en la Costa, añado a V.S. de orden expresa de S.E. el Libertador lo siguiente:

Que S.E. ha recibido nuevos y más circunstanciados informes sobre la conducta del Comandante Várela, cuyos crímenes y atentados son demasiado notorios, no sólo allí, sino en todo el Valle, que el Señor General Torres ha mucho tiempo que previno a V.S. remitiese a su Cuartel General al Comandante Várela para juzgarlo por multitud de crímenes de que lo acusaban y que esta es la hora en que V.S. no lo ha ejecutado permitiendo que el Comandante Várela no sólo quede impune sino ejerciendo la misma autoridad.

S.E. no puede concebir como es que el crimen y la impunidad se presentan ante el Juez: como es que se puede tolerar no sólo a un funcionario público, sino a un malhechor, y como es que las leyes guardan un profundo silencio a la vista de culpas tan graves. S.E. está informado de que la desafección de los habitantes de la Costa al sistema de la República, procede de las infinitas exacciones, robos, violencias y todo género de maldades cometidas por algunos de los empleados en la Costa. S.E. pues, previene a V.S. que el Comandante Várela, sea inmediatamente puesto en prisión, juzgado y sentenciado conforme a la ley, aplicándole todo el rigor y severidad que éstas detallan a los delitos de que se acusa al Comandante Várela, siempre que se certifiquen, previniendo además a V.S. que le dé parte del resultado que tenga el juicio de Várela.

También previene S.E. que se le dé parte del resultado del juicio mandado seguir contra los asesinos y ladrones de los bienes de Meza. S.E. hasta ahora, no ha oído hablar en el Cauca sino de crímenes y atentados sólo comparables con los que los Españoles han cometido en Venezuela, sin haber oído hablar de que se haya impuesto el menor castigo a ningún delincuente.

S.E., penetrado de los clamores que por todas partes llegan a sus oídos, del tratamiento que han recibido los habitantes de esta Provincia, de los militares y funcionarios del Gobierno, sin que hasta ahora haya habido un solo ejemplar de castigo, lo participo al Poder Ejecutivo para que tome las medidas convenientes, pues S.E. encargado de la dirección de la guerra no puede, como desea, administrar justicia a tantos que la reclaman.

Dios guarde, &.

* De un copiador del Archivo del Libertador. Sección O’Leary, tomo XIX, folio 127 vto. al 128 y vto.

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