Angostura, 30 de Septiembre de 1817.
Al General Sedeño.
Ayer llegaron a este puerto cuatro flecheras de las fuerzas sutiles del señor General Páez [1] con comunicaciones de dicho señor General de 19 del presente. En ellas me comunica que [2] habiendo emprendido su marcha sobre la capital de Barinas a fines de julio según mis órdenes, tuvo la satisfacción de ocuparla el 14 de agosto, después [3] de haber batido y destruido completamente el Coronel Ramos [4] que la defendía. Ciento cincuenta [5] hombres, la mayor parte españoles, quedaron sobre el campo de batalla, ciento fueron hechos prisioneros, dejando además Ramos cien fusiles, 4000 cartuchos y un inmenso botín de que se apoderaron nuestras tropas [6]. Mil caballos [7] y doscientas muías con que, haciendo el último esfuerzo, auxilió la División [8] de Nutrias [9] a Barinas, cayeron también en manos del señor General Páez. De manera que este golpe funesto debe haber consternado hasta lo sumo a los enemigos de Nutrias y San Fernando [10], cuyas escasas guarniciones deben esperar la misma suerte que la de Barinas.
Las flecheras que han venido aquí solicitan armas y municiones para armar y equipar completamente un Batallón que el General Páez ha levantado, formado y disciplinado y con el que me ofrece exterminar a los de Nutrias y San Fernando en el caso de que yo no deliberase marchar en persona a incorporar este ejército con aquél.
Nada puede contener [11] el ímpetu de nuestras tropas. Ni el [12] valor, ni la táctica, ni el número de enemigos son obstáculos para los venezolanos [13].
Es indispensable, pues, acelerar mis operaciones. Termine V.S. las suyas en esa Provincia, de que dependen las que yo debo emprender para la pacificación y entera libertad del resto de la República.
Dios, etc.
BOLÍVAR.
P.D. Se le detallaron las noticias de la Nueva Granada recibidas en las mismas comunicaciones de que se le habla [14].
*Del copiador. Archivo del Libertador, vol. 24, fols. 125v°-126. Escrito de letra de Jacinto Martel. Para las carácterísticas del cuaderno copiador, véase la nota principal del Doc. N° 1971.