Ciudadano Director General de Rentas.
Impuesto el Libertador por el oficio de V.S. de esta fecha de la duda ocurrida para el abono de sueldo al Vicario del ejército, [1] me ha ordenado diga a V.S. en contestación que la asignación hecha a este empleado es de cuarenta pesos, y que éstos deben abonársele con el descuento que1 al resto de los oficiales.
Dios guarde a V.S. muchos años.
Cuartel General de Caracas, junio 20 de 1814.
PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ
* Del original. Archivo del Libertador, Vol. 55, folio 418. Escrito enteramente de mano de Pedro Briceño Méndez.