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DOCUMENTO 5874 OFICIO DE BOLÍVAR AL CORONEL JUSTO BRICEÑO, FE­CHADO EN VALENCIA EL 13 DE JULIO DE 1821, POR EL CUAL LO NOMBRA GOBERNADOR POLÍTICO, COMANDANTE GENERAL E INTENDENTE DE LA PROVINCIA DE CORO EN SUSTITUCIÓN DEL CORONEL JUAN ESCALONA.*

Cuartel General en Valencia, julio 13 de 1821.

Al Señor Coronel Justo Briceño.

Por las presentes tengo a bien nombrar a V.S. Gobernador Político, [Militar] [1] Comandante General e Intendente de la Provincia de Coro en relevo del Señor Coronel Escalona. V.S. recibirá de él las órdenes e instrucciones que tenga y se arreglará a ellas en la parte que no estén derogadas.

[En la boca del río del Tocuyo hay un destacamento de la Provincia de Coro que extiende sus correrías por toda la costa de Sota­vento de Puerto Cabello. Esta fuerza se pondrá a la disposición de V.S. El Comandante de ella asegura que por la costa es la direc­ción más breve y segura para ir a Coro. Tome V.S. informes sobre esto para que elija y lleve en su marcha la que tenga estas ven­tajas] [2].

El Señor Coronel Gómez con la columna que mandaba el Señor Coronel Carrillo se pondrá a las órdenes de V.S. y marchará para Coro (con) o a donde V.S. tenga a bien destinarle en la Provincia, cuyo mando le he conferido para que la conserve en tranquilidad y seguridad.

El Batallón de Rifles, al mando del Señor Coronel Rangel, mar­cha sobre el Occidente con el objeto de cooperar con V.S. a la paci­ficación de Coro y de poner a cubierto aquella Provincia y toda la costa contra las incursiones que intente el enemigo de Puerto Ca­bello. V.S. le entregará el mando del Occidente que obtenía al Señor Coronel Rangel, y éste pondrá a las órdenes de V.S. el Bata­llón Rifles que conduce, y que V.S. hará seguir a la mayor breve­dad [se marcha] [3] hacia Coro; pero sin demorarse V.S. por espe­rarlo; pues para esto, como para todo lo demás, tomará V.S. sus medidas con anticipación.

V.S. tomará todas las fuerzas, fusiles y municiones que pueda llevar de las que haya en el Occidente; pero repito que su marcha personal no la dilatará por nada, y sí hará antes de partir que quede todo prevenido, es decir, lo que no pueda marchar con V.S. inmediatamente, para que siga sin dilación por su espalda y como V.S. lo prevenga.

Dios guarde, &., &.

[BOLIVAR]

* Archivo del Libertador. O’L Vol. XVIII, 2º, fº 47 vto. al 48.

Nota: Este oficio es igual, con algunas variantes, al dirigido por Briceño Méndez al Coronel José de la Cruz Carrillo, fechado en Valencia el 10 de julio de 1821.

Notas

[1] Testado [Militar].

[2] [Este párrafo está totalmente tachado en el original].

[3] Testado [se marcha].

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