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DOCUMENTO 5926 COMUNICACIÓN OFICIAL DE BOLÍVAR PARA EL GENE­RAL MIGUEL DE LA TORRE, FECHADA EN VALENCIA EL 19 DE JULIO DE 1821, POR LA CUAL LE PARTICIPA QUE "UNA DIVI­SIÓN QUE SE RINDE PRISIONERA (NO) PUEDE CONSERVAR EN SU PODER PRISIONEROS.*

Valencia, 19 de julio de 1821.

Excmo. Señor General Miguel de La Torre.

Excmo. Señor:

Tengo el honor de contestar la nota de V.E. fecha 17 del corriente, que ha puesto en mis manos el Capitán Rebollo.

Siento que algunas equivocaciones de V.E. relativamente a la capitulación de La Guaira, me obliguen a entrar en explicaciones que aclaren aquel tratado. En primer lugar, no me incluye V.E. sino la lista de los oficiales comprendidos en él, cuando debía ser una general de la tropa, especialmente de la española, en cumplimiento del artículo 2° del segundo oficio del señor Coronel Pereira, fecha del 3, en que pidió para ella la misma consideración y destino que para los oficiales. Consiguientemente, la tropa española no puede hacer armas contra Colombia.

En segundo, primera proposición de mi oficio del 2, exigiendo que los oficiales no pudiesen servir contra Colombia, mientras no precediese el canje, fue modificada por el Coronel Pereira, suprimiendo la condición del canje, y comprometiéndose positivamente a no servir en todo el curso de la presente guerra; así, ellos no pueden ni servir ni ser canjeados, y en el mismo caso está la tropa.

En tercero, con respecto a la tropa americana, no hay nada expreso por escrito; pero no habiéndose tampoco estipulado que pudiese servir, parece que debemos estar a la regla general de las capitulaciones, es decir, que se consideren prisioneros hasta que sean canjeados. Permítame ahora V.E. que le haga observar la inconveniencia que resulta de querer sujetar a canje al Capitán y a los 42 solda­dos de la República que eran prisioneros del Coronel Pereira al acto de la capitulación. Yo no sé cómo una división que se rinde prisionera, puede conservar en su poder prisioneros, ni qué razón hay para que el cuerpo vencedor, a quien se le rinde otro, tenga menos derecho que el rendido. V.E., ni nadie en el mundo ignora que el principal modo de rescatar los prisioneros es represarlos; en falta de esto se ha inventado el canje y los otros medios en uso.

Me atrevo a esperar que dara V.E.dirimiendo todas estas reflexiones el valor que merecen, y que, conformándose a los términos precisos del tratado, se cumpla estrictamente.

Mientras recibo la contestación de V.E. dirimiendo todas estas dudas, y retirando la proposición de canje del Capitán y los 42 soldados, no procederé, según mis deseos, a poner en libertad, bajo la condición impuesta en mi nota del 11. a los oficiales del ejér­cito de V.E. que conservo prisioneros; pero sí lo haré con los en­fermos y heridos que, restablecidos, quieran restituirse a sus banderas.

Dios guarde a V.E. muchos años.

BOLÍVAR

Archivo del General Miguel de La Torre. Copia mecanografiada en el Archivo General de la Nación. T. XXXV, p. 597. De fotografía del original. Colección Torre Pando. Archivo Nacional, Madrid. Donación: Bruni Celli.

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