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DOCUMENTO 5997 DECRETO MARGINAL DE BOLÍVAR, FECHADO EN CA­RACAS EL 1º DE AGOSTO DE 1821, POR EL CUAL NIEGA EL SO­CORRO QUE PIDE LA VIUDA DEL CORONEL LANDAETA, POR NO HABER RECURSOS PARA SOCORRER A LOS SOLDADOS.*

Excmo. Señor Vicepresidente de la República.

Ciudadana María Josefa Catanio, viuda del Coronel ciudadano José Landaeta [1] de este vecindario, con el más debido respeto a V.E. expone: que desde el año de catorce en que el citado su marido su­frió muerte violenta, e ignominiosa para entonces, por la libertad de Venezuela, se halla sumergida en miserias y vejaciones, pasando una vida llena de temores, retraída del trato de las gentes, cual ave nocturna, cuya situación le ha conducido al extremo hasta de verse destituida aun de los alimentos a que por otra razón es acree­dora, los que le faltaron desde la emigración que hizo con aquél a la Provincia de Cumaná [2] a causa de que sus émulos, prevalidos de la ocasión, se apoderaron de la finca que debía producírselos, y la redujeron a rastrojos, en cuyo estado se halla.

Ha venido, pues, por la gran misericordia de Dios, el tiempo deseado, y en que no es justo que la viuda de Landaeta permanezca más escondida, para que siquiera la memoria de su compañero rectificando en la parte que pueda los nobles sentimientos de sus conciudadanos socios en los trabajos, excite no menos a otros a iguales o mayores grados de gloria, recordándoles haber sido éste uno de aquellos impávidos campeones que en el 19 de abril supieron posponer su propia vida a la libertad de su Patria, arrostrando a los mayores y más inminentes peligros, y que sin perder tiempo siguieron el curso de la conquista con el mismo empeño, entusiasmo y ardor: él, es verdad que no logró ver elevadas las pirámides de la libertad: mas haciéndose compasivo por esta segunda desgracia, se hace también más recomendable su memoria, cuando trabajó con tesón en sus sentimientos, como uno de los más celosos artífi­ces, y tanto que por ello obtuvo el empleo de Coronel efectivo con otras divisas, insignias propias de unos servicios no comunes, que omito referir por menor a causa de tener la gloria de producirme ante un magistrado y señor que como compañero en la lid fue testigo de vista: mas sus mismos méritos a impulso de la adversa suerte, que no está al arbitrio de los mortales, le condujeron al patíbulo, siendo tirado en el puerto de La Guaira, donde yacen sus cenizas, si cubiertas para entonces de ignominia, también acreedo­ras en el día a laureles inmarcesibles, en que le cabe no pequeña parte a su viuda. Estas consideraciones que apunta con la confianza que le inspira un Gobierno benévolo, justo y sabio, le animan a implorar de V.E. no premios de los servicios de su marido, cuando le basta que queden éstos vinculados en la estimación y aprecio de la República, sino un socorro con qué enjugar sus lágrimas y cubrir su desnudez con aquella honestidad que demanda su estado, para presentarse al público, no ya con la sombra de viuda de un delin­cuente, sino con el sobre escrito de fiel compañera que fue en vida, y tiene el honor de titularse en el día viuda y representante de un Coronel benemérito que supo servir sin interés de numerario y últimamente fue sacrificado por la libertad de su Patria: merced que implora de la clemencia y generosidad de V.E. cuya vida guarde y prospere Dios muchos años.

Caracas, julio 24 de 1821.

Suplica a V.E. postrada a sus pies. Excmo. Señor,

MARÍA JOSEFA CATANIO

Cuartel General en Caracas, agosto 19 de 1821.

La suma escasez de recursos aun para socorrer a los soldados, no permite hacerle la gracia que pide.

BOLÍVAR

* Acotaciones Bolivarianas. Decretos Marginales del Libertador, pp. 209-210. Fundación John Boulton. Edición conmemorativa del Sesquicentenario de la Independencia. Caracas, 1960

Notas

[1] José Landaeta. Desde 1810 se incorporó a la causa republicana. El año 1814 fue hecho prisionero en Cumaná. Lo enviaron a las bóvedas de La Guaira donde fue ejecutado.

[2] Provincia de Cumaná. Una de las diez provincias de que se com­ponía la Capitanía General de Venezuela. Véanse los Vols. I, II, IV, V, VI,VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV,

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