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DOCUMENTO 10831. OFICIO DE FELIPE SANTIAGO ESTENÓS, MINISTRO DE LA SECRETARÍA, PARA EL OBISPO DEL CUZCO, FECHADO EN QUIQUIJANA EL 27 DE JULIO DE 1825, CONTENTIVO DE LA ORDEN DEL LIBERTADOR, PARA QUE SEAN IMPRESOS Y PUESTOS EN CIRCULACIÓN, EN CALIDAD DE PROVISIONAL, EL ARANCEL ECLECIÁSTICO, MIENTRAS QUEDA TERMINADO EL NUEVO PROYECTO.*

Quiquijana, 27 de julio de 1825.

Al Reverendo Obispo del Cuzco.

S.E. el Libertador ha dispuesto que el arancel eclesiástico que desde Urubamba tuve la honra de dirigir a V.S.I. para que se sirviese mandarlo imprimir y circular en toda la diócesis; se dé a la prensa a la mayor breve­dad, con calidad de provisional.

S.E., consultando el bien de estos pueblos; quiere que ellos no se pri­ven del que de contado les proporciona el arancel dicho, que ha merecido su suprema aprobación. La calidad de provisional, tiene relación al nuevo proyecto que V.S.I. indicó en su apreciable nota de fecha anterior. Porque como la comisión debe reunirse a organizar ese nuevo proyecto reducido a imponer por capitación [1], una asignación sobre los pueblos que sirva de limosna a los curas [2] si resulta ser más ventajoso a los mismos pueblos, será preferido al arancel dicho.

Luego que sea concluido el proyecto, se servirá V.S.I. dirigirlo a esta Secretaría General para ponerlo en conocimiento de S.E. el Libertador.

Reencargo a V.S.I. la pronta impresión y circulación del nuevo aran­cel aprobado, sin perjuicio de que se formalice el plan propuesto.

Soy, etc.

[FELIPE S. ESTENÓS]

* De un copiador de Secretaría. Archivo del Libertador, Sección O’Leary, tomo 39, folio 74 recto y Vto.

Notas

[1] Por cabeza; de manera individual.

[2] A continuación fue tachado en el copiador: "mientras este suceso".

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