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DOCUMENTO 5666 OFICIO DE PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ PARA EL MINIS­TRO DEL INTERIOR Y JUSTICIA, FECHADO EN GUANARE EL 24 DE MAYO DE 1821, POR EL CUAL LE PARTICIPA QUE EL LIBER­TADOR HA AUTORIZADO AL VICEPRESIDENTE PARA ACTUAR EN LOS SUCESOS DE OCAÑA Y PREVENIR INSURRECCIÓN EN LOS VALLES DE CUCUTA. CONFLICTOS DE AUTORIDAD ENTRE LA VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y LAS VICEPRES1DENCIAS DEPARTAMENTALES "PARA LA RECTA Y PRONTA ADMI­NISTRACIÓN DE JUSTICIA Y DEMÁS RAMOS DEL GOBIERNO". LA SOLUCIÓN SERIA CREAR UN DEPARTAMENTO CAPITAL. EL VICEPRESIDENTE DEBE PRESENTAR ESTE PROYECTO AL CON­GRESO GENERAL.*

Guanare, mayo 24 de 1821.

Al Señor Ministro del Interior y Justicia.

El embarazo en que S.E. el Vicepresidente interino de la República se ha visto en las últimas ocurrencias de Ocaña, y los males irreparables que pueden ser efecto de su falta de autoridad para reme­diarlas oportunamente, han movido a S.E. el Libertador Presidente a conferirle la autorización que en una de mis comunicaciones de esta fecha verá V.S. Pero como esta medida [parcial no produce] [1] es en sí demasiado parcial, y sólo mira a la necesidad más urgente y [inminentes] [2] a los más inminentes peligros, S.E. cree que ella es insuficiente e incapaz de obrar los bienes que se desea promo­ver, mientras la división actual de la República y su organización [sean] [3] opongan un obstáculo insuperable a la extensión de aque­llas facultades.

S.E. [teme] [4] ve por una parte [hallándose] [5] que tocando la capital de la República a los dos Departamentos de Cundinamarca y Venezuela, por sus dos extremidades [sumamente] [6] más dis­tantes de las capitales departamentales, tiene el Gobierno igual­mente atadas las manos para ocurrir a las necesidades de ambas y particularmente a los pueblos que por estar más [inmediatos] [7] próximos a él deberían participar más inmediatamente de su bené­fica influencia; y teme por otra parte cometer extraordinariamente facultades a otras autoridades en perjuicio de las de los Vicepresidentes departamentales, porque sería una violación de sus prerro­gativas y derechos y sería causa tal vez de entorpecimientos y re­clamos perjudiciales al mejor servicio de la República. En esta alternativa, S.E. se ha ocupado de inventar un medio que concilian-do todos los intereses y dificultades, le ponga a cubierto de la responsabilidad que caería sobre él si no procurara facilitar la administración [promoviendo] [8] y alejar los inconvenientes que retardan y hacen ilusorias las más saludables medidas. Después de mil medi­taciones y combinaciones, S.E. no ha hallado otro expediente que la creación de un nuevo Departamento que sirviendo de centro y lazo común, una a los de Cundinamarca y Venezuela, sirva de apoyo al Gobierno para hacerse respetar de las grandes dignidades de los Vicepresidentes, y allane los obstáculos que oponen las distancias de las Provincias limítrofes con la capital del Estado respecto de las capitales departamentales, para la recta y pronta administración de justicia y demás ramos del Gobierno. Tales serían las consecuen­cias de un Departamento capital que se compusiese de las Provin­cias de Coro, Maracaibo, Trujillo, Barinas, Mérida, Pamplona, Car­tagena, Santa Marta y Río Hacha. Este Departamento, organizado como todos los otros, tendría sólo de particular el ser mandado inmediatamente por el Presidente mismo de la República, o por el Vicepresidente en ausencia de aquél, lo cual haría muy poco cos­tosa al Estado su organización. Las Provincias que se le señalan, ligadas íntimamente entre sí por sus relaciones y conexiones, no sufrirían los males a que las expone ahora la larga distancia a que se hallan de sus capitales departamentales. El Gobierno tendría más medios próximos de que disponer, sería más respetado en el inte­rior, y cada Departamento desmembrado quedaría reducido a lí­mites justos y proporcionados para que sus Gobiernos respectivos tengan la acción pronta, que es la vida y origen de la felicidad ge­neral e individual.

Ocupado yo, no menos que S.E. el Libertador, en mil objetos importantes, no puedo detenerme en hacer explicaciones y presentar todas las razones y ventajas que favorecen esta nueva organización. S.E. me manda que me limite a indicársela a U.S. para que elevándola a S.E. el Vicepresidente se sirva interesarlo a que presente este proyecto al Congreso General apoyándolo con su sabiduría.

Dios guarde a V.S.

muchos años.

PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ

* Archivo del Libertador. O’L Vol. XVIII, primera parte, Fº 277 vto, 278 y vto.

Notas

[1] Testado [parcial no produce].

[2] Testado [inminente].

[3] Testado [sean].

[4] Testado [teme].

[5] .Testado [hallándose].

[6] .Testado [sumamente].

[7] Testado [inmediato].

[8] Testado [promoviendo].

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