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DOCUMENTO 360. COMUNICACIÓN DEL GOBIERNO AL GOBERNADOR POLÍTICO DE VALENCIA, DR. FRANCISCO ESPEJO, FECHADA EL 9 DE SETIEMBRE DE 1813, RELATIVA A LAS MEDIDAS CON­TRA LOS CONSPIRADORES.*

Cuartel General en Puerto Cabello setiembre 9 de 1813.

N° 71.

Reservado.

Ciudadano Gobernador Político de Valencia.

El Gobierno de un país en revolución debe caminar por rutas muy diferentes de las ordinarias. Las leyes, como vos lo sabéis, ciuda­dano Gobernador, no son suficientes para salvar al Estado, si no se adoptan medidas políticas, que sagazmente descubran los conspi­radores y frustren sus tentativas. La Ley del bien y de la mayor parte, impone silencio a todas las otras leyes, y este bien debe ase­gurarse por todos los medios, sean los que fueren.

Estas sólidas consideraciones han determinado al General en Jefe a emplear con los pertinaces revolucionarios de esta ciudad una astuta conducta que deje burlados sus proyectos, y os ha ele­gido para ejecutor de estas providencias en vuestra doble calidad de Gobernador y de idóneo para manejarlas. Bajo este concepto dispone el General en Jefe elijan sujetos hábiles [En O’Leary se lee "elijáis personas hábiles".]] para disimular e insinuarse con los descontentos y aparentando entrar en sus pla­nes, los precipite [1] a una conspiración que se verifique de hecho, para que prevenidos nosotros y entendidos de sus movimientos, po­damos desembarazarnos de unos malvados que amenazan siempre nuestra seguridad y que absorben casi exclusivamente la atención del Gobierno, con perjuicio de la Nación entera, y de otras aten­ciones del mismo Gobierno.

Los espías de que os he hablado deben ser recompensados pe­cuniariamente.

De [Aquí termina el folio en el Copiador, dejando incompleto este oficio.]] orden del mismo Jefe os lo comunico para vuestra inteli­gencia y cumplimiento.

Dios guarde, etc.

RAFAEL D. MERIDA.

* Para establecer el texto de este documento se ha recurrido a dos fuentes: A) En el fragmento de los "Copiadores del Libertador" (Archivo del Libertador, correspondencia oficial, fol. 99v. de letra de un escribiente de la Secretaría), más el extracto del doc. en el mismo Archivo (correspondencia oficial, fol. 114v de letra de otro amanuense); y B) la impresión en las Memorias de O’Leary, XIII, pp. 357-358. El texto A es inconcluso, mientras que O’Leary da el docu­mento en su integridad. Señalamos en las notas correspondientes las dife­rencias de redacción. En los extractos de Secretaría (Archivo del Libertador, correspondencia oficial, fol. Il4v.) se resume en la siguiente forma:

"En que le hace presente que en tiempo de revolución no deben caminar por ordenanzas ni leyes, pues esto no salva su patria y que con esa conside­ración, el General en Jefe ha determinado gastar con los revolucionarios una astuta conducta, eligiendo aquel Gobernador para manejar aquellas pro­videncias y que en este concepto ha dispuesto el General nombre sujetos hábiles para disimularse e insinuarse con los descontentos y hacerlos caer en la red para su destrucción". Para los caracteres del Libro de extractos véase la nota del doc. N° 330. Sobre el destinatario, Francisco Espejo, véase la nota principal del doc. N° 1-a, de la correspondencia oficial. Acerca del lugar en el cual fue expedido este documento, debe observarse lo siguiente: En el Copiador y en el extracto de la Secretaría no se menciona el lugar, y sí sólo la fecha: "septiembre 9 de 1813"; en las Memorias de O’Leary, en cambio, aparece fechado así: "Caracas, septiembre 9 de 1813". Sin embargo, si se tiene en cuenta que otros documentos de Rafael Diego Mérida (quien se hallaba entonces al lado de Bolívar) y del propio Bolívar, antes y después de este texto, aparecen datados en el Cuartel General de Puerto Cabello, es de supo­ner con fundamento que también el que nos ocupa hubo de ser fechado en el mismo lugar. La mención "Caracas" en las Memorias de O’Leary ha de ser un error.

Notas

[1] En O’Leary: "los precipiten".

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