Cuzco, 4 de julio de 1825.
Al Señor Prefecto del Cuzco.
S.E. [1] el Libertador se ha servido disponer, que los vocales de las cortes superiores de justicia de los departamentos [2] a excepción de los de la capital de Lima, gocen el sueldo de tres mil pesos anuales, y los presidentes de ellas el de tres mil seiscientos.
Tengo la honra de comunicarlo a V.S. a fin de que se sirva trasmitirlo a quienes corresponda para su cumplimiento.
Soy de V.S., etc.
[FELIPE S. ESTENÓS]
* De un copiador de Secretaría. Archivo del Libertador, Sección O’Leary, tomo 38, folio 202 recto.