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DOCUMENTO 4444 OFICIO DE PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ PARA EL MINISTRO DEL INTERIOR Y JUSTICIA, FECHADO EN ROSARIO EL 9 DE JUNIO DE 1820, EN EL CUAL DE ORDEN DE BOLÍVAR LE SEÑALA EL DEBER EN QUE ESTA DE COMUNICAR OFICIALMENTE AL VICEPRESIDENTE DE CUNDINAMARCA LAS LEYES Y DEMÁS ACTOS LEGISLATIVOS DEL CONGRESO*

Rosario, 9 de junio de 1820.

Al señor Ministro del Interior y Justicia.

Por informes del Excelentísimo señor Vicepresidente de Cundinamarca ha sabido S.E. el Libertador Presidente que V.S. no le comunica oficialmente las leyes y demás actos legislati­vos del Congreso, y que se ha conformado V.S. hasta ahora con remitirle las Gacetas del Orinoco en que están insertas aquéllas. Con esta Gaceta no puede tener nunca toda la au­tenticidad que exige una ley para la promulgación y obser­vancia, el Vicepresidente ha consultado si debe o no cumplirla y se le ha mandado que no promulgue ni dé curso, sino a las que el mismo Libertador Presidente le comunique.

Esta respuesta se funda en que no todas las leyes pronuncia­das por el Congreso pueden cumplirse en estas Provincias, por no ser adaptables a su presente situación y circunstancias; y en que estando S.E. mismo dentro de este territorio, él debe mandarlas a cumplir como que ejerce el poder inmediatamente. S.E. me manda que instruya a V.S. de esto; para que en ade­lante le envíe oficial y directamente todos los actos que no se hayan comunicado aún, y además todos los que se hayan publicado antes.

También se encarga a V.S. que envíe una colección comple­ta de El Correo del Orinoco.

Dios guarde, &., &.

[PEDRO BRICEÑO MENDEZ]

* Del copiador de la Secretaría. Archivo del Libertador, O’Leary, tomo XVII, folio 234 vto., primera parte.

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