Maracaibo, 13 de septiembre de 1821. Al Vicepresidente de Venezuela.
Deseando S.E. el Libertador Presidente aumentar cuanto sea posible los corsarios particulares que hostilicen activamente y destruyan el comercio español por todas partes, me manda recomiende a V.E. que preste su protección a los naturales y extranjeros que quieran armar en corso. A este fin acompaño a V.E. veinte y cinco patentes firmadas por S.E. y autorizadas por mí, en blanco, para que V.E. las distribuya liberalmente a los buques que quieran hacer este servicio. Los corsarios deben ser protegidos y deben hallar de parte del Gobierno todo el amparo y facilidades que necesiten, no sólo para armar y cruzar, sino para vender y aprovechar sus presas.
Las patentes no van selladas porque se ha perdido el único sello que había en el Ministerio. V.E. puede hacerlas sellar con el sello que use la Vicepresidencia.
Dios guarde, &, &.
[PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ]
* Archivo del Libertador. O’L. Vol. XVIII, 2º fº 183 y vto.