Maracaibo, 13 de septiembre de 1821.
Al Vicepresidente de Venezuela.
Elevadas al conocimiento de S.E. el Libertador Presidente las copias que V.E. me incluyó en su oficio de 23 de agosto, número 151, ha resuelto S.E.:
Que los empleados nombrados por S.E. provisionalmente para las plantaciones de Guaruto y factoría de Turmero continúen en el ejercicio de sus empleos mientras no se hagan indignos de ellos por mala conducta, incapacidad, ni otro motivo legal. S.E. funda esta resolución en que habiendo tomado informes acerca de ellos a personas de integridad y fidedignas, todas le acreditaron el acierto de su elección. Lo comunico a V.E. para su inteligencia y cumplimiento.
Dios guarde, &, &.
[PEDRO BRICEÑO MENDEZ]
* Archivo del Libertador. O’L Vol. XVIII, 2º fº 178 vto al 179.