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DOCUMENTO 4502. BOLÍVAR DESDE ROSARIO EL 20 DE JUNIO DE 1820, CONTESTA UNA REPRESENTACIÓN DE SANTANDER EN LA QUE PROTESTA POR LA SUPUESTA PRIVACIÓN A CUNDINAMARCA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA. DESPUÉS DE RAZONAR SOBRE EL PARTICULAR, EL LIBERTADOR HACE CONSTAR QUE ES AL CON­GRESO A QUIEN LE TOCA RESOLVER EL CASO.*

El General Francisco de Paula Santander Vicepresidente del Departamento de Cundinamarca, eleva al Libertador desde Bogotá una protesta por haber sido privado, en su concepto, dicho Departamento de su Tribunal de Justicia.

Excmo. Señor:

El Vicepresidente de Cundinamarca, Departamento de la República Colombiana, representa respetuosamente a V.E.

Que por el Ministerio del Interior y Justicia se me ha comunicado en 27 de marzo el decreto del Soberano Congreso de Vene­zuela declarando que la Alta Corte de Justicia establecida en aquel Departamento desde 1817 sea la Corte General de la República. Antes de dar cumplimiento a esta comunicación, y deseando evitar el sensible golpe que sufría Cundinamarca al encontrarse sin un Tribunal que desde el seno de su territorio administrase justicia pronta y fácilmente, consulté a V.E. si debía cumplir y ejecutar los decretos que directamente se me pasasen de Guayana, y obtenida la resolución afirmativamente, procedí a dar ejecución al ya expre­sado, pasándolo al efecto a esta Alta Corte de Justicia, según V.E. lo verá en el documento N° 1. El Tribunal acordó obedecer dicho decreto, se declaró disuelto, y me lo hizo conocer por el oficio que original acompaño N° 2.

Dejo a V.E. el considerar en cuántas dudas y perplejidades no me sumergiría la contestación del Tribunal de Justicia al través de los perjuicios y gravámenes que pesaban sobre estos pueblos, privados de una eficaz, pronta y económica administración de justicia. Cundinamarca, sometida espontáneamente a la Ley Fundamental de Colombia, despojada de sus derechos por su propia libre voluntad, y privada de la representación que podía obtener como Nación, hoy no encuentra dentro de sí misma un Tribunal, que le oiga sus recursos, los despache y termine con la prontitud que es de razón y de necesidad proporcionar a los pueblos. Esta consideración me ha arrancado la providencia que corre en el expediente, en cumpli­miento de la cual tengo el honor de elevar mi voz a V.E. como Jefe de la Nación, autorizado con facultades muy ilimitadas.

V.E. no va a escuchar la voz de un General que por su estado debe ser esencialmente obediente a la autoridad superior, ni yo la dirijo al Jefe de un Ejército, cuyas providencias son ejecutoriadas al mismo salir de su boca. La voz de un Jefe del más vasto Departamento, y hoy del más interés a Colombia, y aun a la América del Sur, obligado a velar sobre la felicidad de los pueblos que le están confiados, es la que en esta vez debe oír, dirigida al Jefe de la Gran Nación Colombiana libre, cuyos hombros descansan el enorme peso de la pública prosperidad. V.E. va no a admitir la re­clamación de las Leyes Fundamentales sobre que se pretende fundar esta República, y la de los principios liberales mil veces proclama­dos por el Congreso y mil veces más abrazados y practicados por V.E. Si en vez del Gobierno Liberal se hubiese proclamado en Co­lombia un Gobierno sin leyes, yo me guardaría de hacer esta expo­sición, y en el dolor que me causa la suerte de Cundinamarca espe­raría como único consuelo a que el capricho y la arbitrariedad un día fueran favorables a estos pueblos.

El Congreso ha decretado una Alta Corte de Justicia para la República con atribuciones que se habían concedido a ésta de Cundinamarca a imitación de la de Venezuela. Ha querido que ésta haga por ahora de Alta Corte General, reservándola para Vene­zuela, como Tribunal de Apelaciones, y nada declaró con respecto a Cundinamarca. Es visto, pues, que Cundinamarca no tiene otro Tribunal de Justicia, que los Alcaldes ordinarios en su territorio, y el Supremo residente por ahora en Guayana. Deben por tanto los pueblos de Cundinamarca ocurrir a Guayana a entablar apela­ciones; deben sus jóvenes ir a Guayana a tomar el ejercicio de abogados: deben ir las viudas y los huérfanos con sus casos de Cor­te: deben ir los eclesiásticos con sus recursos de fuerza; deben ir los escribanos a ser examinados para ejercer su oficio. El tránsito de este Departamento a Guayana vendría a ser tan concurrido, como supone Volney [1] que debía ser el de La Meca por los peregrinos mahometanos.

No pretendo aquí investigar las razones que en el Congreso se tendrían presentes para expedir dicho decreto; pero sí debo declarar que con respecto a la administración de Justicia, Cundinamarca era más beneficiada bajo el anterior régimen español, al abrigo de la Audiencia Real establecida en esta capital.

Cundinamarca por ningún respecto ha merecido semejante desconsideración del Congreso de Venezuela. Yo debo hacer el cua­dro de su conducta, por más que sienta una gran repugnancia al presentarlo al que la ha presenciado, y que es del todo inculpable en el negocio en cuestión. Si el honor de millón y medio de habitantes no lo demandase y el disgusto general que se observa en las clases con aquel decreto no lo exigiese, yo aguardaría otra ocasión para solicitar el remedio radical que ahora solicito de V.E.

Cundinamarca no ha sido un país conquistado. El Ejército que V.E. condujo a este territorio no ha tenido que luchar con la opi­nión general, ni con otros enemigos que con la fuerza organizada y asalariada por los tiranos. Los planes de V.E. no se han convertido sino contra ella. La opinión pública, los pueblos todos, han favorecido el Ejército Libertador: sus recursos, sus noticias, y hasta sus brazos, lo han auxiliado, sostenido y reforzado. Los tiranos de Cun­dinamarca desaparecieron y el sistema de la República se restable­ció con la cooperación eficaz de Cundinamarca. Esta conducta la ha puesto para con el mundo entero fuera de la consideración de ser un país reducido por conquista, y la generosidad y filantropía de V.E. la sacaron de la duda de ser un pueblo subyugado. La Nue­va Granada era un pueblo tan libre y tan constituido como lo fue Venezuela, con derecho a reclamar sus anteriores instituciones, y a entrar en su antiguo rango de República independiente como entró el pueblo de Chile libertado bajo la dirección del Gobierno de Buenos Aires. Cundinamarca, por reconocimiento, por gratitud, por convencimiento, por utilidad y por necesidad, reconoció con una unánime y libre voluntad a V.E. como su único Jefe, el Supre­mo de todas las Provincias libres. V.E. le dio un sistema provisional de Gobierno, de sus antiguas instituciones V.E. restableció las que se concillaban con el vigor y energía de ese sistema, la declaró libre, y Cundinamarca recibió todos estos actos con transportes de júbilo y de consuelo. Jamás Cundinamarca ha tenido un acto, ni tácito, ni expreso, de reconocimiento al Congreso de Venezuela, sin cuyas órdenes y acaso contra su voluntad emprendió V.E. la campaña a este país. Ni necesario era que Cundinamarca se sometiese a una representación de muy pequeña población, teniendo a V.E. al frente de todos sus negocios, que frecuentemente le había protestado que su suerte no se decidiría sin su concurrencia y libre voluntad.

Sin embargo de todo, el Congreso de Venezuela proclama la República de Colombia, dispone de la suerte de más de dos millones de hombres conforme le parece conveniente, y con la facultad con que habría podido disponer de Buenos Aires y Chile: una parte menor somete la voluntad de la parte mayor contra todos los prin­cipios comunes y razonables; la Nueva Granada no es ya República por la voluntad de los representantes de una fracción de otra República; y apenas los cundinamarqueses escuchan la palabra de V.E. persuadiéndoles de las ventajas, necesidad y conveniencia de la unión, que al punto suscriben la Acta Fundamental, renuncian a sus indudables derechos, se olvidan de sus recursos y de su posi­bilidad de formar por sí solas una República, y proclaman unáni­memente la Nación Colombiana. Esta ha sido la conducta de este pueblo generoso desde que por V.E. felizmente se rompió el yugo ignominioso que le habían echado los opresores. ¿Y el premio de ella ha de ser despojar a Cundinamarca hasta de un Tribunal de Justicia? ¿No ha sido bastante renunciar a su rango, a su represen­tación? ¿Tendrá que atravesar quinientas leguas para quejarse de la injusticia de un Alcalde ordinario? ¿Los perjuicios que son consiguientes a la morosidad del viaje y del despacho, cualesquiera que sea la urgencia del negocio, gravitarán sobre unos pueblos que tantos sacrificios han hecho por su libertad? Juzgúelo V.E., y en la balanza de la justicia observe si yo tengo sobrada para levantar mi voz, y reclamar contra la extinción de este Tribunal de Justicia, en donde de un día para otro casi se despachan los negocios con­tenciosos, sin los gastos que causaría un recurso hasta Guayana.

Enhorabuena, que la Alta Corte General de la República conozca de las disputas sobre tratados, cónsules, marina, corso, etc., objetos comunes a la República, y que se deben tratar cerca de las costas, cerca del Gobierno General. Pero que hasta las apelaciones, recursos de fuerza, casos de Corte, se lleven a esa Alta Corte en donde­quiera que exista, es la providencia más gravosa y embarazosa que se puede ofrecer a los pueblos que habitan un vasto territorio. Si el que habita las riberas del Guayaquil y la parte de Loja ha de ocurrir hasta la Alta Corte General para ser examinado de abogado, ¿quién ha de querer profesar esta facultad? ¿Y quién ha de querer depender de tal Tribunal, ni formar una unión tan dispendiosa?

Lo que Cundinamarca ha hecho en esta época tiene pocos mo­delos. Su territorio, su localidad, su población, sus recursos de toda especie, llamaban a este país a ocupar un rango elevado entre las Repúblicas de Sur América. Si Buenos Aires, con un millón de habitantes, y con el único canal del río de La Plata, ha podido conservarse como Nación; si Chile con menor población, y con uno u otro puerto en el Pacífico, ha podido entrar en la clase de República: ¿Por qué no habría podido serlo la Nueva Granada? ¿La Nueva Granada, que casi tiene tres millones de habitantes, costas inmensas, ríos navegables y puertos en el Atlántico y en el Pacífico? ¿La Nueva Granada, cuyas riquezas no han sido concedidas ni al opulento Perú, ni al rico Méjico? V.E. sabe que ha renunciado a este rango, y si V.E. no le hubiese dicho que era conveniente, necesario y político renunciar a toda representación particular y formar la Gran Nación Colombiana, tal vez Cundinamarca habría prescindido de este acto. ¿Y no bastará tanta generosidad, tanto desprendimiento, para que siquiera se conserve en su territorio un Tribunal Superior de Justicia con las atribuciones que V.E. le conce­dió al que existe hoy? ¿Es también necesario que vaya a buscar la justicia a partes lejanas, así como tiene que ir a buscar las gracias en dondequiera que exista el Presidente de la República? ¿Tiene esto algún influjo directo o indirecto en que la República sea salva? Al contrario: creo que semejante modo de proceder no produce sino disgustos, desavenencias, rompimiento de los lazos que unen los pueblos de Colombia, relajación de la fuerza moral, y por consiguiente embarazos para aumentar la física.

Yo me canso en vano en presentar a V.E. la justicia de mi re­clamación en favor de la providencia que dicté provisionalmente para la subsistencia de la Alta Corte de Justicia. V.E. está tan pe­netrado de mi razón como lo estoy yo mismo, y no dudo que un decreto provisorio de V.E. restablecerá a la vez la tranquilidad de estos pueblos y su verdadera felicidad en la administración de jus­ticia. Este decreto servirá de regla mientras que el Congreso General de Colombia dicta los que tuviere por conveniente en el asunto. Tal vez el Congreso de Venezuela no ha tenido ánimo de extinguir el Tribunal de Justicia de Cundinamarca; pero su decreto envuelve un motivo muy justo de dudar, y por consiguiente otro de hacer la consulta y exposición que he tenido el honor de presentar a la consideración de V.E.

Sírvase pues V.E. resolver conforme he solicitado, según que crea justa mi solicitud.

Bogotá, junio 4 de 1820, 10°.

Excmo. Señor

F. DE P. SANTANDER.

Cuartel General en el Rosario, 20 de junio de 1820, 10°.

Yo no he penetrado la conciencia ni la mente del Congreso de Colombia por no estar autorizado a interpretar sus decretos; pero si atiendo al espíritu del decreto de la creación de la Alta Corte de Justicia de Colombia, hallo: 1°, la necesidad de su creación y la necesidad de que fuese residente en Guayana; 2°, hallo virtualmente autorizada la Alta Corte de Justicia de Cundinamarca como Tribunal de Apelaciones del Departamento, y más por una exce­siva delicadeza del Congreso que por una causa odiosa, no se hace mención de este Tribunal en el citado decreto; 3°, que la no revo­cación expresa de las atribuciones de este Tribunal es una conce­sión implícitta de sus antiguas prerrogativas y funciones. En cuanto a las consideraciones expuestas en esta representación por el Vice­presidente de Cundinamarca, me parece que se hace una violenta aplicación de los principios y leyes fundamentales de la República de Colombia al Departamento de Cundinamarca. El enlace de estos dos pueblos no es el de un fuerte con un débil, sino el de dos hermanos iguales en medios relativamente proporcionados. Suponer desprendimiento de Cundinamarca por su reunión con Venezuela presupone sacrificio de parte de aquélla y preponderancia de parte de ésta. Si existe la capital hoy en Guayana ya está decretada para el próximo enero su traslación a la cuna misma del Vicepresidente que representa, y yo pienso que a ningún venezolano le ha ocurrido odiosidad por esta traslación viéndose libre de la fuente del Gobierno, y de un Gobierno que han elevado sobre una inmensa base de cadáveres venezolanos.

Si hay reclamos que exponer sobre la legitimidad o ilegitimidad de la reunión de Colombia, toca al Congreso General resolver sobre esta grande y odiosa materia. Por lo que a mí toca, sólo hago votos al cielo por que la América sea libre y por que yo me vea libre de mandar a Venezuela y Cundinamarca, por las cuales he hecho cuanto ha estado a mi alcance, no para mandarlas sino para constituirlas independientes. Si estos dos pueblos quieren vivir separados nada será más conforme con el más ardiente y vivo deseo de mi corazón y si quieren vivir reunidos nada será más conforme con su verdadero orden, su felicidad futura y la gloria de sus hijos.

Por tanto, el Tribunal de Apelaciones que bajo el título de Tribunal o Alta Corte de Justicia de Cundinamarca ha ejercido hasta ahora estas funciones soberanas continuará en ellas en cuanto no sean incompatibles con las que tocan a la Alta Corte de Justicia de la República, dándose cuenta a la comisión del Congreso de esta solicitud y decreto.

BOLÍVAR

* De un impreso moderno. "Acotaciones Bolivarianas", págs. 68-74.

Notas

[1] Escrito así: Wolney.

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