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DOCUMENTO 9262 DECRETO DEL LIBERTADOR, FECHADO EN TRUJILLO EL 3 DE ABRIL DE 1824, MEDIANTE EL CUAL ESTABLECE UN TRIBUNAL ESPECIAL DE SEGURIDAD PÚBLICA.*

SIMÓN BOLÍVAR

Libertador Presidente de Colombia y encargado del poder dictatorial de la República del Perú, &, &.

Por cuanto la conservación de la seguridad pública demanda imperiosamente en las presentes circunstancias disposiciones extraordinarias, por tanto he venido en decretar, y decreto lo siguiente:

Art. I- Se establece un Tribunal Especial de Seguridad Pública, compuesto de un Presidente, dos Vocales y un Fiscal.

Art. II- Es de su institución conocer privativamente de los delitos de sedición, traición e infidencia, cualquiera que sea el fuero del delincuente.

Art. III- Procederá breve y sumariamente, imponiendo las penas de la ley.

Art. IV- El Presidente, Vocales y Fiscal, son los mismos que los de la Corte Superior de Justicia.

Art. V- Es responsable muy particularmente este tribunal, tanto de la debilidad con que se procediere en los juicios, como de la demora que se advirtiere en ellos.

Dado en Trujillo, a 3 de abril de 1824.- 5° y 3°.

SIMÓN BOLÍVAR Por orden de S. E.

JOSÉ SÁNCHEZ CARRIÓN

* De un impreso coetáneo: Caceta del Gobierno [de Perú], N° 13, Tomo 6, del 10 de abril de 1824. Publicación en facsímile de la Fundación Eugenio Mendoza.

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