Señor Secretario de Estado y Relaciones Exteriores del Gobierno de Venezuela.
El artículo siguiente que se halla en todos los papeles públicos de esta Corte y ha sido extractado del "Monitor", nos ha parecido de considerable importancia para merecer la atención particular de ese Gobierno por la relación que tiene con los intereses comerciales de la América y singularmente de Venezuela.
"París, 7 de agosto: S. M. ha expedido con fecha 5 de agosto en el Palacio de Trianón el Decreto del tenor siguiente:
1. —Los derechos sobre la importación de los frutos y mercancías abajo mencionadas se establecen como sigue:
Por cada quintal métrico de algodón del Brasil, Cayena, Surinam, De- merary y Georgia.......................................................800 francos
algodón de Levante importado por mar ...................600
id. de id. por tierra pasando por las adua- nas de Colonia, Coblentz, Maguncia y Strasburgo ................................................................800
id. de todas las otras plazas, exceptuando Napóles ....................................................................600
id. de Ñapóles ................................................derechos antiguos.
azúcar bruto ...........................................................300
id. refinado ..............................................................400
Té de Lyson ..............................................................900
Té verde ...................................................................600
id. de las otras clases ..............................................150
añil ..........................................................................900
cacao ...................................................................1.000
cochinilla .............................................................2.000
pimienta blanca ......................................................600
id. negra .................................................................400
canela común ......................................................1.400
id. fina .................................................................2.000
clavos......................................................................600
nuez moscada .....................................................2.000
caoba........................................................................50
Madera de Pernambuco..........................................140
id. de Campeche........................................................60
id. de tinte, tierra.....................................................100
2. —Cuando los Oficiales de la Aduana sospechen que las declaraciones concernientes a las especies o calidades sean falsas, enviarán muestras al Directorio general de nuestras aduanas, que las hará examinar por comisarios del Ministerio del Interior, que tengan conocimiento en los ramos respectivos; y para este examen serán acompañados de dos fabricantes o comerciantes, elegidos por el Ministro del Interior.
Si resultare que las declaraciones sean falsas, todas las mercancías serán embargadas y confiscadas."
Esta es la traducción literal del citado artículo, según se encuentra en el "Times" del 18 del corriente, y el quintal métrico que se divide en 100 kilogramos, medida francesa, equivale a 204 3/8 libras del peso ordinario inglés.
Nada se dice del café en este artículo, pero en el "Courier de Londres" del 17 (que se refiere solamente a cartas de París del 7, porque para entonces no se había recibido el "Monitor"), se halla la misma tarifa con inclusión del café en estos términos:
Por el de Turquía ..................................................600 francos
Por los de otras clases...........................................400
Esta noticia ha producido una sensación considerable en el mercado de Londres, y sin duda la producirá igual en el de esa ciudad. El azúcar ha subido aquí un 10 por ciento y los otros artículos a proporción. Dios, etc. Londres, 21 de agosto de 1810.
SIMON BOLIVAR.
LUIS LOPES MENDEZ
P. D. Incluimos un artículo del "Morning Chronicle" de hoy, relativo al contenido de esta representación. Londres, 22 de agosto de 1810.
* Del borrador manuscrito de puño y letra de Andrés Bello conservado en el Archivo Nacional de Colombia, Bogotá. La Comisión Editora ha tenido a la vista el microfilme de esta documentación, el cual se conserva en la Fundación John Boulton, Sección Venezolana del Archivo de la Gran Colombia, Caracas.