Rosario, mayo 30 de 1820.
Al Vicepresidente de Cundinamarca.
A consecuencia de la consulta que en oficio de 20 del próximo pasado hizo V.E. sobre la providencia que debería dictarse con respecto a los cosecheros de tabaco de Pie de Cuesta, Girón y Bucaramanga, digo con esta fecha al señor Gobernador Comandante General de Pamplona lo siguiente:
Elevadas al conocimiento de S.E. el Libertador las actas que en 9 y 10 de mayo último celebraron los cosecheros de tabaco de Pie de Cuesta, Girón y (...)
Rosario, mayo 30 de 1820.
Al vicepresidente de Cundinamarca.
Están en mi poder los dos oficios de V.E. fechas de 15 del corriente y [quedo] [1] he instruido de ellos a S.E. el libertador.
Aunque el artículo 4º de mi oficio de 1º del presente contestando al de V.E. de 23 de abril resuelva la consulta que V.E. hace ahora con respecto a la Constitucion. S.E. resuelve que esta se cumpla en la parte que sea posible y conforme a la actual actitud y organización militar dada al Departamento del (...)
Cuartel General del Rosario, a 30 de mayo de 1820. Al señor General Santander.
Mi querido General:
Devuelvo a usted la defensa de Obando , que desde que vi su primera parte lo creí bastante indemnizado con respecto a la justicia americana; quiero decir, con respecto a nuestras cosas, que ni son, ni pueden ser tan rectas como la de otros países ya establecidos sistemáticamente. Nadie puede imaginarse la dificultad que hay para procurarse noticias exactas del enemigo en los países (...)
Rosario, mayo 29 de 1820.
Al señor Gobernador Político de Pamplona.
Satisfaciendo a las consultas contenidas en el oficio de US., fecha 23 del corriente, digo a US. de orden de S.E.:
1º. Que no se le dé alojamiento sino a los militares transeúntes, los cuales nunca podrán detenerse en un punto más de ocho días.
2º. Que por alojamiento se entiende la casa que habitan, la lumbre, el agua y la leña y el servicio de los posaderos, únicamente para prepararle las raciones que el Gobierno ha detallado. (...)
Rosario, mayo 29 de 1820.
El Teniente Coronel Ignacio Paredes está destinado a servir en la mayoría del regimiento de cazadores a caballo de la Guardia. Comuníqueselo V.S.; y prevéngale pase a San Cristóbal a servir este nuevo destino.
S.E. ha dispuesto que permanezca V.S., en ese punto, ejerciendo sus funciones, y cumpliendo con las instrucciones y órdenes que le ha comunicado el señor General Soublette. Aunque dicho señor participó haber mandado capar la torada que había en la boca del monte. (...)