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DOCUMENTO 4710 OFICIO DE PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ PARA EL VICE­PRESIDENTE DE CUNDINAMARCA, FECHADO EN ROSARIO EL 21 DE JULIO DE 1820, EN EL CUAL DE PARTE DE BOLÍVAR LE ESPECIFICA LA FORMA DE CUMPLIR CON EL DECRETO DE 19 DE ENERO, SOBRE SUELDOS DE EMPLEADOS DE LA REPÚ­BLICA.*

Rosario, julio 21 de 1820.

Al Excmo. señor Vicepresidente de Cundinamarca.

Puesto en conocimiento de S.E. el Libertador el oficio de V.E. en que consulta si debe o no cumplir el decreto del congreso general de 19 de enero del presente año, asignando los sueldos que gozan los diferentes empleados de la república y cómo deben pagarse, me ha mandado S.E. conteste:

1° Que se cumpla aquel decreto en cuanto a las asignaciones y al reconocimiento de los sueldos que devengan los empleados como deuda nacional, que deberá pagarse en los términos expresados en el artículo 3.

2° Que no se pague en efectivo por ahora a los empleados sino la misma cantidad que se les pagaba por decreto de 14 de septiembre pasado, aunque hayan tenido aumento en sus dotaciones.

3° Que los que hayan sufrido rebajas en sus sueldos, reciban también en efectivo la misma cantidad que hasta hoy, siempre que el total de su nueva asignación sea igual o mayor que la media paga que se les deba.

4° Como las obligaciones de que habla el artículo 2a? no pue­den extenderse sino con formalidades que impidan los abusos y fraudes a que está expuesta la circulación de simples billetes, se limitará por ahora el tesoro público a llevar cuentas corrientes con los empleados, de las cantidades que vayan devengando. Pero se reserva a éstos la facultad de poder ceder o enajenar el todo o parte de su crédito, y sus libramientos o posturas se admitirán en la subasta de los bienes nacionales, en cumplimiento de los artículos 2 y 3.

Lo comunico a V.E. de orden del Libertador para su inteligencia y cumplimiento.

Dios guarde a V.E. muchos años.

El ministro,

PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ

* De un impreso moderno. "Correspondencia dirigida al General San­tander", volumen III, págs. 235-236.

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