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DOCUMENTO 5232 DECRETO MARGINAL DE BOLÍVAR, FECHADO EN BO­GOTÁ EL 16 DE ENERO DE 1821, POR EL CUAL CONCEDE AM­PARO A LOS INDÍGENAS DEL PUEBLO DE FIRAVITOVA.*

Excmo. Señor:

Los indios del pueblo de Firavitova [1], con la mayor sumisión y rendimiento, en este papel común, por nuestra miseria, expresamos a V.E. que el amor y paternal atención de sus miras, en nosotros no ha tenido efecto: porque los dos primeros puntos de V.E. se han echado por el suelo del todo. No se atendió a la letra de los títulos de nuestro resguardo; sino a un complot hecho entre el comisionado, un eclesiástico vaco, y el administrador de la hacienda que llaman La Compañía, y la de las Monjas: hemos salido perjudica­dos. Este comisionado fue el que secuestró los bienes de nuestro cura en su prisión; fue Corregidor en tiempo de los españoles, y hasta ahora nos hostiliza. Así es que no nos da nuestros títulos hasta que no le demos 16 pesos de sus dietas. Del mismo modo el Corregidor Juez Político, y por sentimientos de antemano, manda a llamar a los vecinos e indios de nuestro pueblo y los encarcela hasta cuando gusta para saciar su pasión. Nosotros hemos ocurrido a las autoridades de la Provincia, y de éstas sale el que más nos castiguen: lo comprueba el adjunto documento que presentamos a V.E.: y que tenga la bondad de que reservadamente se reciba una información secreta de Tadea Sambrano, de Camila Jaramillo, y de los jueces de nuestro pueblo cuál ha sido el motivo de su prisión, y las demás hostilidades que experimentamos. Y no haber cuidado haberse puesto una escuela en nuestro pueblo. Y de que en el tiempo de los españoles nuestro resguardo alcanzaba para pagar los tributos, el estipendio de nuestro cura, sin gravarse ningún indio, y en el día hasta a las pobres indias viejas se les ha cercenado y gravado: y este Corregidor que ha arrendado hoy, era el cobrador en aquel tiempo: como que tenemos el dolor que las cantidades que estaban en su poder entonces, no sabemos a quién las ha entregado. La bondad y caridad de V.E. se ha de dignar el que se nos dé razón para aquietar nuestro espíritu: pues así el comisionado como el Corregidor nos han puesto en un punto de desesperación; porque nos dicen que son muy amigos con los Gobernadores, y los sostiene.

Dios Nuestro Señor guarde y prospere la vida de V.E. como sin cesar se lo pedimos en este pueblo de Firavitova en 31 de diciembre de 1820.

A nombre del Gobernador Juan Ubaldo Chiriví y el Teniente Juan Antonio Combari y demás indios del pueblo.

MIGUEL GERÓNIMO SANTOS

Cuartel General de Bogotá, a 16 de enero de 1821, 11º

Pase al señor Gobernador de Tunja para que ampare a estos indios y se le recomienda no solamente a los representantes, sino a todos los demás de la Provincia para que no se les estreche en sus heredades, y por el contrario se les ensanche cuanto sea necesario. Siendo ésta la voluntad del Gobierno porque así lo exige la justicia.

BOLÍVAR

* Acotaciones Bolivarianas. Decretos Marginales del Libertador, pp. 108-109. Fundación John Boulton. Edición conmemorativa del Sesquicentenario de la Independencia, Caracas, 1960.

Notas

[1] Firavitova. Población situada a unos 25 kilómetros al N.E. de Tunja, a vuelo de pájaro.

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