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DOCUMENTO 2524 COMUNICACIÓN DE BOLÍVAR FECHADA EN ANGOSTURA EL 18 DE DICIEMBRE DE 1817, DIRIGIDA AL INTENDENTE DE LA PROVINCIA DE GUAYANA, FERNANDO DE PEÑALVER, RELATIVA A LA ORDENACIÓN DE PAGOS EN AUSENCIA DEL LIBERTADOR*

Angostura, 18 de diciembre de 1817, 7°

Al Intendente de la Provincia de Guayana.

Incluyo a V.S. la copia del [1] artículo 2° del decreto de 5 de noviembre [2] último que detalla las atribuciones del Consejo de Gobierno en mi ausencia, y que V.S. reclama en su oficio de esta fecha para su gobierno con respecto a los pagamentos [3] que le previne a V.S. en mi orden de ayer [4] debían hacerse [5].

Dios, etc.

[BOLÍVAR]

* Del copiador. Archivo del Libertador, vol. 24, fol. 194v°. Escrito de letra de Pedro Briceño Méndez. Para las características del cuaderno copiador, véase la nota principal del Doc. N° 2484.

Notas

[1] Testado: "decreto", e interlineado "artículo 2° del decreto".

[2] Véase Doc. N° 2303.

[3] Esta palabra se escribió dos veces. Se testó la primera.

[4] Testado: ’"hiciera".

[5] Debe de referirse al Doc. N° 2508. Sin embargo, conviene tener en cuenta que en dicha comunicación lo que el Libertador dispuso fue que el Intendente de la Provincia de Guayana (Fernando de Peñalver en esa época) se abstuviera de efectuar ciertos pagos sin expresa autorización del propio Bolívar, cuando éste se hallase en la capital, o del Consejo de Gobierno en su ausencia.

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