Angostura, 17 de diciembre de 1817, 7°
Al señor Intendente general Zea.
Cuando las facultades concedidas al Consejo de Gobierno [1] están plenamente detalladas en el artículo 2° del decreto de [2] su creación, cuando V.S. está bien penetrado de mis intenciones y de las necesidades de la República [3], cuando nadie conoce mejor que V.S. la penuria de nuestros fondos que no alcanzan a cubrir nuestros más urgentes gastos, y cuando no hay un ciudadano en Venezuela que ignore el tratamiento que se da a los virtuosos [4] defensores de la Patria por falta de medios para socorrerlos, no he podido saber sin sorpresa que V.S. no solamente [5] ha puesto el cúmplase a un decreto del Consejo de Gobierno que señala pensiones o sueldos a todos los empleados en la maestranza de marina, sino que ha librado orden [6] al Intendente de la Provincia [7] para que los satisfaga, sin aguardar mi resolución, y aun sin consultármela.
Pero por extraña que me haya sido [8] semejante conducta de parte de V.S. [9] en quien [10] el Gobierno ha depositado todas sus confianzas encargándole la Dirección General de las Rentas y Hacienda nacionales [11], lo ha sido mucho más el silencio que V.S. ha guardado respecto de una innovación de tal tamaño. Yo espero aue V.S. me dé inmediatamente el informe correspondiente expresando los motivos que ha habido para adoptarla [12], las razones que movieron a V.S. para mandarla ejecutar sin mi conocimiento y las que le han impedido [13] dirigirme la consulta que era regular.
Dios, etc.
[BOLÍVAR]
* Del copiador. Archivo del Libertador, vol. 24, fol. 191. Escrito de letra de Pedro Briceño Méndez. Para las características del cuaderno copiador, véase la nota principal del Doc. N° 2484. El Intendente General era el prócer Francisco Antonio Zea.