Angostura, 19 de noviembre de 1817.
Al Intendente.
La creación de una administración de hacienda y guardamayoría en la plaza de la Antigua Guayana y las instrucciones que ha formado V.S. y que vinieron inclusos en su oficio de ayer, han merecido mi aprobación; pero estos destinos no podrán ser ejercidos por el ciudadano Esteban Herrera [1] que por su conducta es muy sospechoso e indigno de la...............de................................[guardia mayor [a una] persona, y siendo ap[to] por sus sentimientos y honradez merezca también la confianza pública.
Como la extensión que deba darse a aquella administración depende de las circunstancias particulares de............................................rentas y negocios, autorizo a V.S. para que le se....................................límites que juzgue convenientes atendiendo..........................................lidad de erario nacional.
Dios guarde, etc.
[BOLÍVAR]
* Del copiador. Archivo del Libertador, vol. 24, fol. 106V°-107. Escrito de letra de Jacinto Martel. Para las características del cuaderno copiador, véase la nota principal del Doc. N° 1975.