Angostura, 15 de agosto de 1818.
Al General Sedeño.
En consideración a los distinguidos servicios que V.S. ha hecho en distintas [1] ocasiones a la República de Venezuela, he tenido a bien ceder a V.S. en plano dominio y propiedad la parte de tierras [2] que poseía en el sitio de Guamalito Aniceto Doasan [3]; entendiéndose esta donación fuera de la parte que a V.S. le concede por su grado la ley del 10 de octubre de 1817.
Dios, etc.
[BOLIVAR]
* De un copiador de Secretaría. Archivo del Libertador, vol. 103, fol. 50. Escrito de letra de Jacinto Martel. Publicado por el Profesor José Antonio De Armas Chitty en Origen y formación de algunos pueblos de Venezuela. Tipografía Americana, 1951, p. 123. El autor, a su vez, lo copió del original inédito que le facilitó, en Caicara del Orinoco, el señor Eduardo Juliac García. Las variaciones del texto existente en el copiador, respecto al del original, se indican mediante las notas que siguen. Para las características del cuaderno copiador, véase la nota principal del documento n° 2870 en el vol. XIII.