Angostura, 9 de julio de 1818.
A los señores Ministros de .las Cajas Nacionales de esta plaza.
Aunque el decreto del establecimiento del derecho sobre los buques asigna la mitad al Gobierno.
* De un copiador de Secretaría, Archivo del Libertador, vol. 103, fol. 77. Escrito de letra de José Gabriel Pérez. Para las características del cuaderno copiador véase la nota principal del documento n° 2867 en el vol. XIII.