Angostura, 3 de octubre de 1818.
Al Gobernador de las Fortalezas.
En ese puerto hay varias embarcaciones de guerra y mercantes menores. Disponga V.S. que en el momento se alisten y reparen de modo que estén dentro de ocho días sin falta [1] en el puerto de San Miguel, sin que haya ninguna que se exceptúe. Cualesquier gasto para su reparo y composición de velas u otros avíos que les falten, lo podrá suplir V.S., seguro de que será abonado a su aviso; ejecutando esta operación con todo el sigilo posible, cosa que no se sepa ni divulgue.
Dios, etc.
[BOLÍVAR]
* De un copiador de Secretaría. Archivo del Libertador, vol. 103, folio 115 v9. Escrito de letra de Manuel de Echeandía.