Angostura, 7 de julio de 1818.
Al Ciudadano Fiscal de la Alta Corte, Ciudadano Ramón García Cádiz.
Consecuente con la consulta de Ud. de 3 del corriente sobre si las fiscalías de la Alta Corte de Justicia y la de la Hacienda Nacional, deben desempeñarse por una sola persona, he tenido a bien resolver que hasta otra disposición [1] se sirva [2] la fiscalía de. . .
* Del copiador n° 9. Archivo del Libertador, vol. 25, fol. 29 v° Escrito de letra de José Gabriel Pérez. Completamente testado. En el copiador aparece inconcluso el presente documento. Para las características del cuaderno copiador véase la nota principal del documento n° 2776 en el vol. XIII.