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DOCUMENTO 4481 DECRETO DE BOLÍVAR, FECHADO EN EL ROSARIO EL 14 DE JUNIO DE 1820, POR EL CUAL SE CONCEDE INDULTO PARA JERÓNIMO MONTILLA Y SU PANDILLA SIEMPRE QUE ABANDONEN LA GUERRILLA Y SE PRESENTEN A LOS COMANDANTES MILITARES.*

SIMÓN BOLÍVAR,

Libertador Presidente, &., &.

Indidtos para la pandilla de Jerónimo Mantilla Deseando restablecer la tranquilidad interior de la Provincia de Pamplona turbada por las correrías de Jerónimo Montilla y sus secuaces; y considerando que sólo el temor de la pena de muerte a que se han hecho acreedores puede forzarlos a seguir el odioso y desesperado partido de los españoles, he venido en decretar y decreto lo siguiente:

Artículo 1º Se absuelve y concede indulto de la pena de muerte y confiscación de bienes a todos los que en el término del mes abandonen la guerrilla de Jerónimo Montilla y se pre­senten a los comandantes militares de cualquier pueblo de la Provincia de Pamplona donde los haya o a las justicias donde falten aquéllos.

Artículo 2° El mismo indulto se concede al comandante de la guerrilla Jerónimo Montilla, bajo las mismas condiciones.

Artículo 3º Para satisfacer la justicia y dar lugar a que calmen los resentimientos del pueblo contra los comprendidos en el presente indulto, se condenan solamente a la pena de des­tierro por un año en la Provincia de Guayana, pero sin estar sujetos a prisión ni molestia alguna en todo este tiempo y pu-diendo regresar a sus casas luego que haya expirado el año.

Artículo 4º Los que pasado el término del mes señalado en el artículo 1º no se hubieren presentado, serán perseguidos vigorosamente y sufrirán irremisiblemente la pena de muerte a que los condena la ley.

Artículo 5º El Gobernador Comandante General de la Provincia de Pamplona se encarga de la ejecución de este de­creto.

Dado en el Cuartel General en el Rosario, a 14 de junio de 1820. 109

SIMÓN BOLÍVAR

* De un impreso moderno. "Decretos del Libertador", año de 1820, tomo I, págs. 203-204.

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