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DOCUMENTO 3979 BOLIVAR DESDE ANGOSTURA, Y EL 22 DE DICIEMBRE DE 1819, EN FORMA FAVORABLE, ORDENA EJECUTAR LA PETICIÓN DE LA VIUDA DEL GENERAL DE DIVISIÓN JOSÉ ANTONIO ANZUATEGUI.*

Angostura, diciembre 22 de 1819.

Señor:

La fatalidad quiso que falleciera en Pamplona a mediados del mes de próximo pasado mi marido el General de División José Antonio Anzoátegui; y su muerte ha hecho mi desgracia y la de nuestra tierna prole. Estoy resignada a dar por bastante consuelo a mi desventura un perpetuo llanto con que revocaré la memoria de tan buen esposo; pero en medio de mi dolor es un deber mío muy sagrado volver la vista hacia la presente y futura suerte de nuestras dos pequeñas hijas que aún no han salido de la infancia. El amor y las obligaciones de madre solamente serían capaces de hacer que yo me ocupase en momentos tan tristes para mi corazón, de otra cosa que del inmenso sentimiento de que debo estar poseída.

El excelentísimo señor Presidente de la República, atendiendo a los relevantes servicios que mi marido hizo en la última campaña de la Nueva Granada tuvo a bien concederle en la capital de Bogotá a 3 de agosto, en calidad de recompensa extraordinaria, la casa del realista Francisco Sales de Echeverría en que habitaba en esta ciudad el señor Almirante, previniéndosele diese posesión de ella en su persona o en la mía por su ausencia. El documento de esta concesión ha llegado a mis manos después de sabida la muerte de aquél; y en la duda de si las gracias extraordinarias estén o no sujetas a la declaratoria que su excelencia libró siendo jefe supremo para que ninguna propiedad pedida en virtud de la ley de repartición pasase a los herederos del militar, si antes de su muerte no había obtenido ya la formal adjudicación y posesión de la finca; ocurro a vuestra merced con el expresado documento para que se digne dispensar este requisito de la ley en favor de un oficial cuyo entusiasmo y servicios por la salvación de la República, permítaseme decirlo, fueron incruentos y extraordinarios. Ellos le hicieron merecer de su excelencia esta particular concesión, y su excelencia por cuyo medio dirijo a vuestra merced mis súplicas podría mejor que yo recomendarla en aquel grado que estime de justicia y que dé a la Disposición que vuestra merced haga de la ley en ese caso extraordinario el carácter de justa, racional y equitativa.

Dios nuestro Señor conserve la existencia de vuestra merced para felicidad de la nación. Angostura diciembre 22 de 1819. Que signo señor Teresa de Anzoátegui.

Señor excédeme a todo elogio y encarecimiento los distinguidos servicios que ha hecho el General Anzoátegui, a la República en la gloriosa campaña de la Nueva Granada, y muy especialmente en la memorable jornada de Boyacá pudiendo asegurarse que, obligada de sus heroicos esfuerzos, y de los del Coronel Rondón, la victoria se decidió por fin a favor de nuestras armas. Así conceptúo que la casa concedida al difunto esposo de la componente, es todavía un premio insuficiente para enumerar plenamente su mérito, y una débil demostración de alto aprecio y reconocimiento que debe tributar la patria a sus virtudes. Espero que la representación nacional se sirva confirmar la expresa concesión de la casa en la persona de la viuda, como igualmente la que ya tengo hecha al Coronel Rondón del hato llamado "El Macho", en la Provincia de Caracas por vía de compensa extraordinaria, c independientemente del haber que le corresponda en el repartimiento de bienes.

BOLÍVAR

* De una copia fotostática, cuyo original pertenece al señor Carlos Manzur, en Bogotá, Colombia, y quien la ha facilitado a la Comisión Editora de los Escritos del Libertador. Escrito por José Luis Ramos.

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